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martes, 24 de septiembre de 2013

El CUBUS-1 y su largo camino a casa

Detalle del documento de la FCC relacionado con Cuba al que se hace referencia en el post
En 1992 el congreso de los Estados Unidos aprobó la Cuban Democraty Act (CDA) por lo cual el embargo estadounidense hacia Cuba adquirió carácter de ley y se codificaron por primera vez todas las sanciones. Aprovechando la también llamada Ley Torricelli, la isla de Cuba tuvo su primer acceso a INTERNET en 1996 través de una conexión satelital con Estados Unidos. Desde esa fecha y hasta hoy, el gobierno totalitario cubano ha puesto como pretexto en todos los medios, eventos, foros nacionales e internacionales a su alcance, que el país no brinda servicios de INTERNET a todos sus ciudadanos porque la isla tiene una limitada y cara conexión satelital de 379 megabits por segundo (Mbps) y es imposible de aumentar el ancho de banda de la isla porque todos estos años solo ha existido la opción satelital para tener acceso a la Red de Redes debido a que las leyes del embargo impiden a empresas cubanas acceder o extender los cables de fibra óptica que pasan cerca de sus costas o instalar uno nuevo que permita unir a Cuba directamente con Estados Unidos. Este planteamiento es cuestionable por varias razones, entre ellas la existencia de un documento en la web de la Comisión Federal de Comunicaciones (FCC) que contiene noticias, memorándums y cartas fechadas entre los años 1993 y 1999, y firmadas por altos funcionarios del Departamento de Estado, el Departamento del Tesoro, el Departamento de Comercio y la Comisión Federal de Comunicaciones que muestra como en esa época el gobierno estadounidense basándose en la sección 1705 (e)(1) del Cuban Democraty Act (CDA) facilitó autorizar servicios de telecomunicaciones en la cantidad y calidad necesaria de forma tal, que garantizaran de una manera eficiente y adecuada dichos servicios entre los dos países. Es por eso que con el fin de mejorar los servicios de telecomunicaciones entre Cuba y los Estados Unidos, y promover las comunicaciones directas, el gobierno estadounidense autorizó a establecer servicios de conexiones satelitales, pero también la instalación de cable de fibra óptica.

El documento de 25 páginas revela como después de cumplir todos los requisitos y fuertes negociaciones entre las partes para establecer precios de llamadas acordes a los tarifas internacionales, en 1994 las autoridades norteamericanas concedieron licencias a las empresas Wiltel International Inc., MCI Telecomunications Corp., LDDS Communications Corp., Sprint Communications Company L. P. y IDB WorlCom Services Inc. para comerciar con la Empresa de Telecomunicaciones de Cuba (EMTELCUBA) con el fin de prestar servicios de telecomunicaciones, en especial las llamadas directas entre los dos países. Todas las empresas apostaron a la opción satelital, pero solo la empresa Wiltel International Inc., aplicó para brindar servicios de telecomunicaciones entre Estados Unidos y Cuba a través de un cable de fibra óptica submarino que se llamaría CUBUS-1. Como se muestra en una nota al final de la página 9 de dicho documento (ver P.D. al final del post), la solicitud de Wintel International Inc. no se otorgó y quedo pendiente por parte de la FCC porque en ese momento WilTel Undersea Cable, Inc. , empresa relacionada con el proyecto de tendido del cable submarino entre los dos países, aun tenía pendiente trámites burocráticos (FCC File No. SCL-94-002) a causa de asuntos técnicos no resueltos por ella y no por la existencia de alguna legislación estadounidense que prohibiera o negara el acceso de Cuba a los cables submarinos de fibra óptica cercanos a sus costas o el tendido de uno directo entre los dos países.

Dos años después, el 9 de Septiembre de 1996 los ingenieros y científicos del Centro Nacional de Intercambio Automatizado (CENIAI) hacían el milagro técnico de establecer la primera conexión de Cuba a INTERNET, pero no gracias al tendido de un cable de fibra óptica submarino entre Cuba y Estados Unidos que se debió llamarse CUBUS-1, sino usando una cara y lenta conexión satelital con la empresa Sprint Communications Company L. P. ubicada en suelo estadounidense. Es muy probable que de haber existido todos estos años el CUBUS-1 hubiera ayudado grandemente a disminuir precios y mejorar la calidad de las llamadas entre las dos orillas, y el gobierno totalitario cubano no hubiera tenido suficientes argumentos para negar el servicio de INTERNET a sus ciudadanos aunque es muy probable que como hace hoy de todas maneras los hubiera inventado. No podemos cambiar el pasado pero por suerte tenemos todo el futuro por delante y, a pesar de todos los años transcurridos, la opción del CUBUS-1 todavía es posible.

Walfrido López R.
La Habana, Martes 24 de Septiembre del 2013

P.D.: Texto de la nota² existente al final de la página 9 del documento de la FCC al que se hace referencia en el post.

TEXTO ORIGINAL EN INGLES: WilTel also requests authority to provide service to Cuba via the fiber optic undersea cable, CUBUS-1, that has been proposed in the application for a cable landing license of WilTel Undersea Cable, Inc. , FCC File No. SCL-94-002. Because this cable landing license has yet to be granted, we will defer acting on WilTel´s request to use these facilities until such time that we are assured the cable facilities will be available for WilTel´s use.

TEXTO ORIGINAL TRADUCIDO AL ESPAÑOL: WilTel también solicita autoridad para ofrecer servicios a Cuba a través del cable submarino de fibra óptica CUBUS-1, propuesto en la solicitud de una licencia de tendido de cable de WilTel Undersea Cable, Inc. , FCC File No. SCL-94-002. Teniendo en cuenta que dicha licencia aun no se ha otorgado, pospondremos toda acción en cuanto a la solicitud de WilTel de utilizar estas instalaciones hasta tanto no nos garanticen que estarán a la disposición de WilTel para su utilización.

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